julio 3, 2026

Senado analiza proyecto de Ley General de Justicia Cívica e Itinerante con nueve años de retraso

Ciudad De México, 03 de julio de 2026.- El Senado trabaja en el proyecto de dictamen de la Ley General de Justicia Cívica e Itinerante con un retraso de nueve años, ante una resolución que obliga al Congreso a legislar en la materia. El anteproyecto se encuentra actualmente en revisión en la Comisión de Justicia del Senado.

La ley reglamenta el artículo 73 constitucional y tiene como finalidad solucionar conflictos menores resultantes de la relación cotidiana de las personas con sus vecinos, en las escuelas y en las calles, así como faltas administrativas para evitar que escalen y lleguen al Poder Judicial. Con esto, se busca garantizar el acceso efectivo a la justicia en todo el territorio nacional y resolver conflictos rezagados de manera pronta para reducir la carga de trabajo de los tribunales.

La normativa prevé la instalación de juzgados cívicos estatales y municipales en las 32 entidades de la República. Además, establece una modalidad itinerante para que el juez y servidores públicos se trasladen a comunidades, colonias, barrios, localidades alejadas o de difícil acceso y zonas marginadas.

Del análisis a las legislaciones de las 32 entidades, se encontró que sólo nueve cuentan con una legislación especializada que contempla la integración del juzgado cívico y su estructura mínima. La ley propuesta brindará la guía para que en las otras 23 entidades también se establezcan estos juzgados.

Entre las disposiciones, se propone establecer un “registro de las personas infractoras” a nivel estatal. Este registro será de consulta obligatoria para las personas juzgadoras para individualizar las sanciones, sobre todo en casos de reincidencia. Las sanciones van desde la amonestación hasta la multa, la cual podrá ser conmutada por trabajo comunitario.

Antes de que el juez cívico conozca de la falta, la persona acusada podrá optar por los mecanismos alternativos de solución de controversias, para lo cual se habilitarán centros especializados. En el caso de personas menores de 18 años presentadas por alteraciones del orden público, el juez deberá ponerlas bajo resguardo, solicitar su revisión médica y notificar de inmediato a sus padres o tutores.

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