Ciudad De México, 30 de mayo de 2026.- La Cámara de Diputados aprobó, por mayoría, la reforma al artículo 41 constitucional que plantea la anulación de elecciones cuando se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales. La aprobación se dio el viernes 29 de mayo.
No se presentaron las leyes secundarias que regulan esas causales de nulidad. El coordinador de los diputados de Morena, Ricardo Monreal, dijo que se decidió postergar el debate de las leyes secundarias “para permitir un periodo de mayor reflexión y consenso”.
Ante la falta de leyes secundarias, corresponderá al Poder Judicial Electoral interpretar los vacíos o lagunas jurídicas y resolver sobre la nulidad. Una crítica central a la reforma es la ambigüedad que representa enunciar la ‘injerencia extranjera’ como causalidad de nulidad electoral, sin precisiones.
Cualquier interpretación que determinen los Magistrados electorales sentará precedentes, que terminará supliendo la falta de leyes reglamentarias. Sobre este tipo de situaciones, una tesis jurisprudencial de la Suprema Corte establece: “Las lagunas o vacíos legislativos pueden deberse a la negligencia o falta de previsión del legislador (involuntarias) o que éste, a propósito, deja sin regulación determinadas materias (voluntarias)”.
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