Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció una nueva jurisprudencia que permite la impugnación de leyes electorales mediante el juicio de amparo cuando se aleguen causas de discriminación. La decisión, tomada con seis votos a favor y tres en contra, ordena a los jueces federales no desechar de plano estas demandas, sino admitirlas a trámite para un estudio detallado.
La resolución surge al resolver la contradicción de criterios 108/2025, derivada de amparos promovidos por personas de la comunidad LGBT+ contra normas contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Hasta este momento, el criterio predominante impedía el uso del amparo para cuestionar leyes electorales en abstracto, canalizando estos conflictos exclusivamente hacia las acciones de inconstitucionalidad o los medios de impugnación electorales.
Con este nuevo precedente, el máximo tribunal determina que existe la posibilidad de que normas electorales vulneren derechos humanos de grupos históricamente discriminados, lo cual amerita que la justicia federal analice el fondo del asunto y emplace a los poderes que aprobaron y publicaron la norma, en lugar de inhibir el conocimiento del caso desde el inicio.
Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa expresó su disidencia respecto al criterio aprobado. La funcionaria advirtió que esta determinación podría generar un menoscabo a las competencias jurisdiccionales de los tribunales electorales, tanto federales como locales, al introducir la vía del amparo en una materia que cuenta con órganos especializados.
Los ministros que votaron en contra argumentaron que la vía correcta para cuestionar la constitucionalidad de estas leyes sigue siendo la acción de inconstitucionalidad o los recursos específicos ante la justicia electoral. Señalaron que mezclar ambas vías podría derivar en conflictos competenciales y afectar principios de certeza y legalidad en los procesos comicios.
Esta modificación jurisprudencial representa un cambio significativo en la interpretación constitucional sobre los medios de control, ampliando las herramientas legales disponibles para ciudadanos que consideren que una ley electoral viola sus derechos fundamentales por motivos de discriminación, obligando al sistema judicial a realizar un análisis profundo antes de decidir sobre la procedencia de la demanda.
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